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BOLETÍN LABORAL – ABRIL

NORMATIVA LABORAL 

 

Disponen medidas laborales para la participación ciudadana en las Elecciones Generales del 10 de abril de 2026 

 

Decreto Supremo N° 003-2026-TR publicado en el diario oficial “El Peruano” con fecha 10 de abril de 2026 

 

Se otorgaron las siguientes facilidades laborales a los miembros de mesa de sufragio en las elecciones generales del pasado 12 de abril de 2026: 

 

Miembros de mesa que completaron el proceso de capacitación y cumplieron con la referida función: un (1) día de descanso remunerado, el cual puede gozarse dentro de los noventa (90) días posteriores a la elección, no compensable. 

Miembros de mesa que no completaron el proceso de capacitación, pero cumplieron con la referida función: un (1) día de descanso remunerado compensable. 

Ciudadanos designados para desempeñarse como miembros de mesa, seleccionados entre los electores presentes de la citada mesa: un (1) día de descanso remunerado compensable. 

 

VPAC recomienda: Los empleadores deben tener en cuenta las disposiciones laborales relacionadas con las elecciones electorales, a fin de gestionar adecuadamente las ausencias correspondientes. 

 

Se otorgaron medidas para garantizar el ejercicio del derecho de sufragio en las Elecciones Complementarias Generales   

 

Decreto Supremo N° 053-2026-PCM publicado en el diario oficial “El Peruano” con fecha 13 de abril de 2026 

 

Se extendieron los beneficios otorgados mediante Decreto Supremo Nº 003-2026-TR, para los miembros de mesa de sufragio que hayan ejercido tal función en la ampliación de las elecciones presenciales llevadas a cabo el 13 de abril de 2026.  

 

VPAC recomienda: Los empleadores deben tener en cuenta las disposiciones laborales relacionadas con las elecciones electorales, a fin de gestionar adecuadamente las ausencias correspondientes. 

 

Se aprobó el Reglamento de la Ley N° 30102, Ley que dispone medidas preventivas contra los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la radiación solar 

 

Decreto Supremo N° 003-2026-SA publicado en el diario oficial “El Peruano” con fecha 14 de abril de 2026 

 

Los empleadores deben incluir a la gestión de riesgo por exposición a RUV solar, dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, debiendo realizar la identificación de peligros y evaluación de los niveles de riesgo por la exposición a la RUV solar, para establecer las medidas de prevención y protección necesarias. Las empresas deben adoptar un sistema de trabajo seguro y saludable que incluya, como mínimo, lo siguiente: 

 

Evitar la programación de actividades en el horario comprendido entre las 10:00 a 16:00 horas, y en la Sierra a partir de las 09:00 a 16:00 horas. 

Promover la rotación periódica de los trabajadores expuestos a RUV Solar con riesgo alto. 

Informar a los trabajadores sobre los riesgos específicos de exposición laboral a RUV solar, y sus medidas de prevención, protección y control implementadas. 

 

Asimismo, el empleador debe entregar equipos de protección personal a los trabajadores expuestos a la radicación ultravioleta solar considerando su puesto de trabajo, su actividad económica y las condiciones ambientales. Adicionalmente, deben realizar una adecuada vigilancia de la salud a estos trabajadores, incluyendo evaluaciones oftalmológicas, dermatológicas u otras. 

 

VPAC recomienda: Los empleadores deben actualizar sus documentos obligatorios en materia de seguridad y salud en el trabajo, a fin de que incluyan estas disposiciones, haciendo mayor énfasis en los puestos en los que los trabajadores se encuentren expuestos a la radiación solar. 

 

PRONUNCIAMIENTOS 

 

SENTENCIAS JUDICIALES   

  

Se declaró inconstitucional el Decreto Supremo N° 001-2022-TR respecto a la prohibición de tercerizar el núcleo del negocio  

 

Acción Popular N.° 30989-2023 Lima 

 

La Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia declaró nula la prohibición de tercerizar el núcleo del negocio, modificación efectuada mediante Decreto Supremo N° 001-2022-TR, debido a que esta contradice la Ley N° 29245, Ley de tercerización, al agregar limitaciones que esta no prevé, afectando el principio de jerarquía normativa. Asimismo, indican que la tercerización de las actividades del núcleo no afecta los derechos laborales de los trabajadores de la empresa tercerizadora. 

 

VPAC recomienda:  los empleadores deben tener en cuenta en la gestión del personal tercerizado, tanto como empresa principal o tercerizadora, las disposiciones anteriores a la modificación integral efectuada por el Decreto Supremo N° 001-2022-TR. 

 

  

SUNAFIL 

 

Los procesos de investigación sobre casos de hostigamiento sexual en el ámbito laboral deben realizarse por el Comité u delegado frente al hostigamiento sexual que mantengan sus facultades  

 

Resolución de Intendencia N° 053-2022-SUNAFIL/IRE/TAC 

 

La SUNAFIL sancionó a una empresa debido a que no cumplió con una serie de obligaciones en materia de hostigamiento sexual tales como no efectuar la capacitación en dicha materia, no efectuar la difusión periódica de información, asimismo, al no haberse emitido una decisión final en el procedimiento, sobre este último punto, se indica que la investigación llevada a cabo por la delegada frente al hostigamiento sexual no es válida ya que habría superado el tiempo máximo de 2 años para ejercer tal función.  

 

VPAC recomienda:  los empleadores deben revisar el mandato del Comité o delegado frente al hostigamiento sexual a fin de cumplir los plazos establecidos para ejercer dichas funciones, y llevar a cabo las elecciones correspondientes a fin de contar con representantes con las facultades correspondientes que puedan afrontar casos de hostigamiento sexual. 

 

PROYECTOS DE LEY 

 

Proyecto de Ley N° 14445/2025-CR, mediante el cual se propone prohibir que los empleados del sector construcción civil efectúen descuentos a los trabajadores, por conceptos de aportes al Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú, sin que medie su autorización.  

 

PARA ACCEDER AL PL, ESCANEAR EL QR 

 

Proyecto de Ley N° 14373/2025-CR, mediante el cual se propone autorizar un retiro extraordinario y facultativo de hasta cuatro (4) UIT de los aportes realizados por los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones. 

 

PARA ACCEDER AL PL, ESCANEAR EL QR 

 

Proyecto de Ley N° 14511/2025-CR, mediante el cual se propone autorizar un retiro facultativo de hasta cuatro (4) UIT de los aportes realizados por los afiliados al Sistema Privado de Pensiones. 

 

PARA ACCEDER AL PL, ESCANEAR EL QR 

  

 

ACTUALIDAD LABORAL 

 

La SUNAFIL informó que durante el año 2025 se efectuaron 1646 denuncias por incumplimientos en la inscripción de la seguridad social. Asimismo, indicó que referente a esta materia realizó 2,521 fiscalizaciones. 

 

Fuente: Portal web del Gobierno del Perú 

https://www.gob.pe/institucion/sunafil/noticias/1381046-sunafil-mas-de-1-600-personas-denunciaron-incumplimientos-en-la-inscripcion-de-la-seguridad-social-en-el-2025  

 

A propósito del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo destacó la importancia de salud mental para promoción de entornos laborales saludables, promoviendo la prevención de los riesgos psicosociales. 

 

Fuente: Portal web del Gobierno del Perú 

https://www.gob.pe/institucion/mtpe/noticias/1384747-mtpe-promueve-la-prevencion-de-los-riesgos-psicosociales-en-la-gestion-de-la-seguridad-y-salud-en-el-trabajo 

 

 

La SUNAFIL envió 14,644 cartas inductivas a empleadores solicitando información sobre el Seguro de Vida Ley concerniente al periodo comprendido desde enero de 2026 a la fecha de solicitud, lo que impacta en más de 2,5 millones de trabajadores  

 

Fuente: Portal web del Gobierno del Perú 

https://www.gob.pe/institucion/sunafil/noticias/1378902-sunafil-solicito-registro-de-seguro-vida-ley-a-mas-de-14-mil-empresas  

 

El Congreso de la República aprobó el Proyecto de Ley 13572/2025-CR, mediante el cual se ha dispuesto otorgar sillas o asientos adecuados a aquellos trabajadores que realizan actividades en posición de pie de manera prolongada, salvo excepciones. 

 

Fuente: Portal web del Congreso de la República  

https://comunicaciones.congreso.gob.pe/noticias/aprueban-dictamen-para-que-trabajadores-que-laboran-de-pie-cuenten-con-sillas-o-asientos-adecuados/ 

 

La SUNAFIL informó que durante el año 2025 se interpusieron 145 denuncias en materia de ergonomía, principalmente, ejercidas por trabajadores del sector de servicios, por lo que recomendó implementar pausas activas y gimnasia laboral para el bienestar laboral.  

 

Fuente: Portal web del Gobierno del Perú 

https://www.gob.pe/institucion/sunafil/noticias/1376452-sunafil-empresas-deben-implementar-pausas-activas-y-gimnasia-laboral-para-el-bienestar-de-sus-trabajadores 

 

 

 

 

 

 

 

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