NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA TRANSFERIR A LA SUNAFIL LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES PARA FISCALIZAR TEMPORALMENTE A LAS MICROEMPRESAS
Como se recuerda, mediante la Ley Nº 30814, Ley del Fortalecimiento del Sistema de Inspección del Trabajo, se asigna temporalmente a la SUNAFIL, por el periodo de 08 años, las competencias y funciones en materia de inspección de trabajo que, a la fecha, corresponden a los Gobiernos Regionales.
De esta manera, el 30 de octubre de 2018, se publicó el Decreto Supremo N° 012-2018-TR, mediante el cual se busca realizar una transferencia ordenada y progresiva de las competencias y funciones en materia de inspección de trabajo, de los Gobiernos Regionales a la SUNAFIL, así como del acervo documentario, del personal que realiza la función inspectiva y de la partida presupuestal correspondiente a dicho personal.
Bajo dicho contexto, una vez realizada la la respectiva transferencia de competencias y funciones, las micro y pequeña empresa, pasarán a encontrarse bajo la supervisión de la SUNAFIL.