BoletÃn Tributario - Marzo 2021
1.- Se modifica vigencia de normativa sobre emisión de comprobantes electrónicos
Resolución de Superintendencia N° 000042-2021/SUNAT
- Se posterga hasta el 01 de setiembre del 2021, los nuevos requisitos exigidos en las facturas y recibos por honorarios electrónicos, relacionados ala modalidad de pago (al contado y al crédito).
- Asimismo, se suspende la obligación de remitir a la SUNAT y a la OSE, las facturas electrónicas en el plazo de un día calendario desde su fecha de su emisión. Por lo que, el plazo de remisión seguirá siendo de 7 días calendario.
- Igualmente, se modifica el anexo 2 "Estructuras e información de los libros y/o registros electrónicos" de la R.S. N° 286-2009/SUNAT, a fin de que las AFP puedan anotar los servicios que brindan a sus afiliados en el marco de la Ley de Creación del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones no gravados con el IGV, de manera consolidada con sus demás operaciones en el Registro de Ventas e Ingresos electrónico.
La presente resolución entró en vigencia el 23 de marzo de 2021, salvo la modificación del Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 286-2009/SUNAT, que entrará en vigencia el 3 de mayo de 2021.
2.- SE REDUCE LA TIM PARA DEUDAS TRIBUTARIAS EN MONEDA NACIONAL
Resolución de Superintendencia N° 000044-2021/SUNAT
A partir del 01 de abril. Se aplicará la siguiente tasa de interés: 0.9% para deudas en moneda nacional.
La presente norma entró en vigencia el 01 de abril de 2021.