Boletín Propiedad - Julio 2019

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Boletín Propiedad - Julio 2019

 

APRUEBAN TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY N° 29151- LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE BIENES ESTATALES APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 019-2019-VIVIENDA

 

Con ocasión de las modificaciones que se han realizado a la Ley N° 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, mediante la Ley N° 30230 y los Decretos Legislativos N° 1358 y N° 1439, los que buscaban optimizar el saneamiento físico legal de los inmuebles estatales así como simplificar los procedimientos existentes con el objetivo de facilitar la inversión pública y privada, es que se ha aprobado su Texto Único Ordenado por Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de Julio del año en curso.

Es preciso destacar esta norma porque recoge la definición de bienes estatales, identifica los tipos de actos estatales que puede celebrar el Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN como ente rector, los gobiernos regionales o las demás entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales, y así también especifica los procedimientos de saneamiento físico legal de inmuebles estatales y describe la naturaleza de los predios no inscritos.

Para tal efecto, las modificaciones incorporadas en el Texto Único Ordenado, han definido como “bienes estatales” a los predios, tales como terrenos, áreas de playa, islas y otros de dominio privado y de dominio público que tienen como titular al Estado o a cualquier entidad pública que conforma el Sistema Nacional de Bienes Estatales, independientemente del nivel de gobierno al que pertenezcan, conforme se establezca en el Reglamento. Y adicionalmente, se ha enfocado como una de las funciones y atribuciones exclusivas de la SBN, procurar una eficiente gestión del portafolio inmobiliario de los bienes estatales optimizando su uso y valor.

En este orden de ideas, se ha buscado que el Estado promueva el saneamiento de sus inmuebles estatales, bajo la obligatoriedad de las entidades públicas de efectuar de oficio y progresivamente la primera inscripción de dominio y otras acciones de saneamiento físico legal de los inmuebles de su propiedad o que se encuentren bajo su competencia o administración, hasta su inscripción en el Registro de Predios y su correspondiente registro en el SINABIP. Esta es una medida acertada, pues antes de la norma en cuestión, los proyectos de inversión y las solicitudes de otorgamiento de derechos (de los administrados) sobre predios estatales como compra venta directa, subasta, servidumbre u otros se veían paralizados o retrasados porque los inmuebles del Estado no se encuentran – a la fecha - regularizados.

Finalmente, cabe mencionar que en los procedimientos de saneamiento físico legal de bienes inmuebles estatales, se viene dando mayor y relevante importancia a la información catastral elaborada por las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales, por encima de la información existente en la base gráfica del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.

 

Normas relevantes publicadas del 01/07/2019 al 15/07/2019

1. DECRETO SUPREMO N° 019-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. PUBLICADO 10/07/2019.

2. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 224-2019-VIVIENDA, que aprueba el proyecto de Decreto Supremo que regula el “Procedimiento para la emisión del Certificado Digital de Búsqueda Catastral en el SINABIP”. PUBLICADO 06/07/2019

 

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