I. NORMATIVA DE INTERÉS LABORAL:
1.1 PRÓRROGA DE RESIDENCIA DEBE SER TRAMITADA PERSONALMENTE
Recientemente, se ha dispuesto que desde el 10 de julio de 2019 las prórrogas de residencia se realizarán de manera personal por el ciudadano extranjero, titular de la solicitud, previa verificación automatizada de la impresión de su huella dactilar, por lo que ya no podrá ser gestionadas por un apoderado o similar.
Asimismo, se dispone lo siguiente:
(i) La solicitud de la prórroga deberá presentarse dentro de los sesenta (60) días calendarios previos al vencimiento de la misma.
(ii) Este procedimiento, junto con el de Prórroga de Permanencia, solo puede realizarse cuando el beneficiario se encuentre dentro del país.
Al respecto, los ciudadanos extranjeros que soliciten prorrogar sus residencias, deben tener en cuenta estos lineamientos, a efectos de no generar inconvenientes administrativos en el futuro.
1.2 LAS EMPRESAS PODRÁN SOLICITAR EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES POLICIALES DIGITAL CERAP-DIGITAL DE SUS TRABAJADORES
Desde el mes de julio del 2019, el trámite para el Certificado de Antecedentes Policiales (CERAP) se puede realizar digitalmente y de forma inmediata, dándose la posibilidad a los empleadores o a cualquier tercero, de acceder a los CERAP-DIGITAL de cualquier titular, previa validación de la información solicitada para dicho trámite. De esta manera, ya no resulta necesario acudir a una agencia del Banco de la Nación autorizada para la verificación de la huella dactilar y la entrega del certificado
Asimismo, el pago de las tasas para tramitar el CERAP (S/17.00) también puede realizarse vía virtual (https://pagalo.pe/), para lo cual solo debe consignarse el número del Documento Nacional de Identidad (DNI) de la persona de quien se solicita.
Finalmente, la Policía Nacional del Perú ha elaborado una guía interactiva, indicando el procedimiento a seguir para adquirir el CERAP-DIGITAL, la cual se encuentra a disposición de los ciudadanos a través del siguiente link: https://www.policia.gob.pe/home/CerapOnLine.
II. PROYECTOS DE LEY:
2.1 PROPONEN DECLARAR COMO DÍA NO LABORABLE EN TUMBES EL 24 DE JULIO DE CADA AÑO
Mediante el Proyecto de Ley N° 4621/2018-CR, se pretende declarar de interés nacional la declaración del día 24 de julio de cada año como feriado regional no laborable, para el sector privado y público, en Tumbes, debido a la conmemoración del día de la batalla de Zarumilla.
III. PRONUNCIAMIENTOS JUDICIALES:
3.1 SE DEBE ACREDITAR QUE UN TRABAJADOR SE ENCONTRÓ LABORANDO EXPUESTO A RIESGOS DE TOXICIDAD, PELIGROSIDAD E INSALUBRIDAD PARA GOZAR DEL DERECHO PENSIONARIO DE JUBILACIÓN MINERA
Mediante la Casación Nº 7880-2016 LIMA, la Corte Suprema determinó que los trabajadores que laboren en centros de producción minera, tienen derecho a percibir una pensión de jubilación entre los cincuenta (50) y cincuenta y cinco (55) años de edad, siempre que en la realización de sus labores estén expuestos a los riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad. Asimismo, indica que se deben cumplir con requisitos, los cuales varían dependiendo si la actividad se realiza en minas subterráneas, a tajo abierto y en centros de producción minera.
El proceso materia de revisión se inició con la demanda de un trabajador quien solicitaba percibir la pensión de jubilación minera, debido a que se encontraba trabajando por más de veinte (20) años para la empresa Southern Perú Copper Corporation, en el Centro Minero a Tajo Abierto de Toquepala, expuesto a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad.
Al respecto, la Corte Suprema resolvió que, de los medios probatorios presentados por el accionante, este ocupaba el puesto de Vigilante en el Departamento de Protección Interna, la cual configura una actividad que no corresponde con la extracción minera, por lo que no se puede afirmar que se encontraba expuesto a los riesgos antes referidos y que son determinantes para gozar del derecho de la jubilación minera.