Alerta Propiedad

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Se reanudó el inicio de actividades en el sector contrucción

Qué actividades pueden realizarse? 

1. Proyectos inmobiliarios (obra de edificación multifamiliares y conjuntos residenciales, asimismo, las referidas a educación salud y seguridad nacional; en etapas de excavación, estructuras y acabados).
2. Viviendas Rurales mejoradas mediante núcleos ejecutores.
3. Proyectos contenidos en el Decreto de Urgencia N° 024-2020.
4. Listado de Proyectos de Saneamiento Priorizados, (Anexo N° 02 – R.M. N° 088-2020-VIVIENDA).

 

ELABORACIÓN DEL PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19, EN EL TRABAJO

- Los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA.
- “Protocolo Sanitario del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento para el inicio gradual e incremental de las actividades en la Reanudación de
- Actividades”.Se deja sin efecto la Resolución Ministerial N° 085-2020-VIVIENDA (Art. 3° - R.M.N° 087-2020-VIVIENDA).

 

Ver normas legales

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