PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO EXTRAORDINARIO DEL FONDO DE PENSIONES
CIRCULAR N° AFP-173-2020
Establecen los plazos y demás disposiciones para el retiro de estos fondos, conforme a lo establecido en el D.U. Nº 038-2020.
Cronograma para la solicitud de retiro extraordinario
N° |
Escenario |
Plazo de solicitud |
Forma de pago |
1 |
Trabajadores:
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Del 20/04/20 al 04/05/2020 |
Una armada hasta de S/2000 |
2 |
Trabajadores:
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Del 06/05/20 al 19/05/2020 |
Una armada hasta de S/2000 |
3 |
Trabajadores:
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Del 21/05/20 al 03/06/2020 |
Dos armadas en meses consecutivos hasta S/1000 soles el primer mes y la diferencia en el siguiente |
4 |
Trabajadores:
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Del 05/06/20 al 18/06/2020 |
Dos armadas en meses consecutivos hasta S/1000 soles el primer mes y la diferencia en el siguiente |
5 |
Trabajadores que se encuentren en suspensión perfecta de labores. La AFP respectiva verificará la aprobación y registro de la suspensión perfecta ante el MTPE. |
Desde el 30/04/2020 en adelante |
Una armada hasta de S/2000 |
*El desembolso se ejecutará dentro de los 6 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.
Cada AFP indicará el medio idóneo para hacer efectivo el pago.
No resulta aplicable una doble percepción del beneficio de retiro extraordinario para un mismo afiliado.
En el caso que con posterioridad al retiro extraordinario del fondo de pensiones se presente un siniestro de invalidez o sobrevivencia que tenga cobertura del seguro previsional, corresponde aplicar lo dispuesto en el artículo 12 de la Resolución SBS N° 1661-2010.
Si el trabajador se encuentra en el extranjero y pretende el retiro extraordinario, puede otorgar un poder simple a un tercero (apoderado), el cual deberá adjuntar a su solicitud ante su AFP.
Si el trabajador se encuentra imposibilitado físicamente para efectuar el retiro extraordinario, su AFP debe habilitar facilidades para cada caso concre